Preguntas frecuentes

¿Es compatible el cobro de prestación por incapacidad permanente total con el desempeño de un trabajo?

Si es compatible siempre que se realice un trabajo que no constituya la profesión habitual del trabajador. Deberán comunicar al INSS el cambio en su situación y el inicio de la actividad laboral.

 ¿Pierdo esta prestación por el hecho de desempeñar un trabajo remunerado?

En el caso de esta prestación se podrá realizar el trabajo en la misma empresa o en otra distinta.

 ¿Debo comunicar que he empezado a trabajar? 

El INSS una vez que se le ha comunicado este extremo puede revisar la calificación y el grado de invalidez. Esta potestad de revisar la tendrá el INSS, aunque no haya llegado el plazo señalado en la Resolución.

 ¿Qué tendría que hacer una persona con discapacidad si decide sacarse el Carnet?

  • Informe Médico: Para poder obtener el carnet de conducir se debe obtener un informe médico en uno de los  centros autorizados por tráfico. (CENTRO MÉDICO DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES);
  • En la dirección General de Tráfico lo que van a hacer es realizar un examen del caso y enviarlo a Sanidad.
  • El Médico de Sanidad emite otro informe con las limitaciones de la persona para sacarse el carnet, indicando si es apta o no lo es.

PUDIENDO INDICAR QUE LA PERSONA NO ES APTA PARA SACARSE EL CARNET.

La Dirección General de Tráfico a la hora de expedir un carnet de conducir lo que va a valorar es:

  • Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de permiso que se solicite para poder ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del permiso solicitado.

Necesitará:

  • Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.

¿Cómo puedo obtener el certificado de minusvalía?

Debe usted acudir al centro base que le corresponda, según su domicilio, para que le examine un Equipo de Valoración de las Incapacidades que, basándose el Real Decreto 1971/1999 que regula el procedimiento para la calificación de las minusvalías, le atribuyan un grado de minusvalía atendiendo a sus características médicas y personales, entre otros factores.

Teniendo a una persona contratada con discapacidad en mi empresa, ¿tengo derecho a Bonificación? ¿Con qué tipos de contrato?

Dependiendo del tipo de contrato de que se trate se tiene derecho a una subvención u otra. Algunos ejemplos:

Si es un contrato indefinido para desempleado con discapacidad, o para transformaciones en indefinidos se puede acceder a una subvención de 3.907 euros por cada contrato.

Así como diferentes bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social en el caso que estamos tomando como ejemplo: Se tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:

Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:

Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:

  • Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa : Hombres Mujeres
    • Menores de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año
    • Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/ año
  • Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: Hombres Mujeres
    • Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros /año
    • Mayores de 45 años 6.300 euros /año 6.300 euros /año
  • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el art. 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
  • La empresa para poder bonificarse en la cuota empresarial tendrá que cumplir los requisitos establecidos en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre)
  • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros.
  • Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores con discapacidad del ejercicio inmediatamente anterior con dicho tipo de contrato;

Las características que debe cumplir el trabajador para que se le pueda hacer este tipo de contrato son las siguientes:

  • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
  • El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los 24 meses anteriores a la contratación mediante un contrato por tiempo indefinido.
  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre).

Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Podrán solicitar estos beneficios las empresas que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa o parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con discapacidad como socios.
  • Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.

Si me presento a unas oposiciones ¿tengo derecho a examinarme y a acceder al turno de personas con discapacidad?

Si, existe la posibilidad de que la persona pueda presentarse a unas oposiciones en el turno de discapacidad.

Se reservará un cinco por ciento de las plazas en las convocatorias de Empleo Público, para la cobertura de vacantes y se establece como posibilidad el convocar de forma independiente estas plazas reservadas.

La opción a estas plazas habrá de formularse en la solicitud de participación en las convocatorias, con declaración expresa de los interesados en la que hagan constar que reúnen el grado de minusvalía requerido, acreditado mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su caso de la Comunidad Autónoma competente.

 ¿Cuáles son los requisitos para ser titular de los derechos establecidos en la Ley de Dependencia?

  • Ser español.
  • Cualquier edad pero con especialidades para los menores de 3 años;
  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la LEY.
  • Residir en territorio español. (UE especificidad) y haberlo hecho durante al menos 5 años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Menores de 5 años el periodo será para su guardador y cuidador.

 ¿Qué prestaciones económicas prevé la Ley de Dependencia?

Contempla tres nuevas prestaciones económicas:

  • Prestaciones económicas vinculadas al servicio (Artículo 17).
  • Ésta será personal y periódica.
  • Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica de cada persona beneficiaria.
  • Destinada a la cobertura del gasto del servicio previsto en el programa individual de atención (PIA) cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.
  • El servicio deberá ser prestado por la Entidad o centro acreditado para la atención a la dependencia.
  • El Consejo Territorial del Sistema de la dependencia acordará la cuantía.
  • Prestaciones económicas para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (artículo 18). Las principales características de esta prestación son: Carácter Excepcional, su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den las condiciones adecuadas de convivencia y habitabilidad. Se establece a través del programa individual de atención. Depende del grado de dependencia.
  • Prestación económica de asistencia personal. (artículo 19): Es la prestación que facilita la promoción de la autonomía de la persona, realización de actividades de la vida diaria etc…con gran dependencia sin tener en cuenta la edad. El Consejo Territorial del Sistema de la dependencia acordará la cuantía.

¿Puedo solicitar la tarjeta Dorada si tengo una incapacidad física permanente declarada?

Si, los beneficiarios de esta tarjeta deben ser personas con incapacidad física o psíquica declarada, así como las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 65%. Así como las personas con una edad de 60 o más años.

Asociación de discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies; así como del aviso legal. Se recomienda también la consulta de la política de privacidad. Pinche los enlaces para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies